Rodrigo León

¿Derecho de propiedad e internet?

Rodrigo León Silva Abogados

Por: Rodrigo León | Publicado: Miércoles 19 de junio de 2019 a las 04:00 hrs.
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Dentro del contexto internacional, con una guerra comercial no declarada entre China y Estados Unidos, el futuro de Internet cobra gran importancia debido a la implementación del 5G. Se calcula que los dispositivos que se conecten por vía móvil a internet aumentarán en más de 10 veces la velocidad de conexión sobre el estándar actual.

No solamente aumentará la velocidad, sino que también la cantidad de dispositivos que estarán interconectados mediante miles y millones de antenas que irán generado microredes de conexión masiva entre puntos de conexión. Esto producirá en el corto plazo que no solamente los dispositivos móviles como smartphones estén conectados a la red, sino que muchos más bienes, desencadenando lo que se denomina “el internet de las cosas”.

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Automóviles, televisores, electrodomésticos y hasta la ropa estarán cada día más conectados a internet. Así, en un futuro muy cercano las cosas —y los servicios— que no estén conectadas no tendrán valor. Piénsese en un teléfono celular que no tiene acceso hoy a la red: en la práctica, no sirve y no vale.

Los inmuebles, los autos y, en general, cualquier cosa valdrá y tendrá un precio en la medida que esté conectada, y su valor será no por el uso actual que hacemos de ellos, sino por la cantidad de datos procesados que dicho bien emita a la red; por ejemplo, toda la data que un departamento entregue al Big Data, consumo de agua, luz, personas que la habitan, edad, gustos, etc. Todo esto constituye un gran desafío para el derecho, en la medida que el valor tenderá a recaer más que en cosas corpóreas, en la información que están producen para la red. Y en toda esta vorágine tecnológica el derecho de propiedad algo tendrá que decir.

Hoy, el derecho de propiedad recae sobre cosas, no sobre la información per se. Por ejemplo, sobre bienes muebles, inmuebles, inventos, signos distintivos u obras, pero no la data en sí misma. De ahí que los grandes cambios legales que deberán venir serán para regular la data generada por las cosas y las empresas en forma propietaria, por ejemplo, a través de un régimen de protección de datos no personales, algo que en Europa ya se está analizando.

Pero este derecho de propiedad clásico, con todos sus atributos, no está adaptado para estas situaciones. Por ejemplo, ¿cómo ejercer la disposición sobre datos que viajan por la red en cantidades inimaginables? ¿Cómo ejercer la acción reivindicatoria respecto de datos?

Todo lo anterior implica la urgente necesidad de modificar nuestro derecho, en particular, nuestro Código Civil de 1855. Este texto decimonónico pre-internet, escrito bajo una cosmovisión completamente diferente a la nuestra (en que mucha tecnología actual sería magia diabólica para nuestros bisabuelos), requiere en forma urgente una gran modificación a efectos de prepararnos, legalmente, para los cambios enormes que se vienen… y que se acercan más rápido de lo que creemos.

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